Según refiere la Gaceta en su número 85, el Consejo de Ministros atribuye al Ministerio de Educación la facultad de controlar la política de estas instituciones docentes, así como la formación de obreros calificados, en correspondencia con las necesidades económicas y sociales del país.

Igualmente, el documento aclara que, debido a la actual situación que vive el país, en la cual resulta imprescindible la necesidad del perfeccionamiento continuo del Sistema Nacional de Educación, se hace necesario dictar una norma que establezca un nuevo modelo de formación y la actualización de los planes de estudio para el funcionamiento de dichos centros.

El texto indica que se deja sin efecto el Decreto 151 “De la Creación y Objetivos de las Escuelas de oficios”, de 17 de mayo de 1989, estableciéndose el Decreto 44.

Usted puede descargar el documento accediendo a Gaceta Oficial No. 85 Ordinaria de 29 de julio de 2021.